Viñeta del 27/07/2019 en CTXT
La Seguridad Social y 529 repartidores ganan el primer macrojuicio contra Deliveroo en España.
La sentencia contra Deliveroo, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, establece que hay relación laboral. Sus repartidores son asalariados y no autónomos, por lo que la empresa deberá pagar a la Seguridad Social por ellos.
"Declaro, con los efectos legales correspondientes, que los trabajadores codemandados estaban sujetos a una relación laboral con Roofoods Spain en el tiempo en el que prestaron respectivamente sus servicios en el período que abarca el acta de liquidación, condenando a la indicada sociedad a estar y pasar por ello".
No es la primera sentencia contra Deliveroo en este sentido, en junio de 2018 un juzgado de Valencia sentenció por primera vez que uno de sus trabajadores era falso autónomo, que se había establecido una relación laboral con la empresay que su despido había sido improcedente y no nulo.
Actualización 01/08/2019. En Glovo, más de lo mismo:
El TSJA avala que entre los repartidores y Glovo "hay relación laboral"
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) afirma que entre los repartidores y Glovo -empresa dedicada al reparto- existe "una relación laboral" al desestimar íntegramente el recurso presentado por la firma contra una sentencia que les condenaba por el despido improcedente de uno de sus empleados. Fuente.
Actualización 04/08/2019. Y no sólo en España:
La justicia argentina falla contra Glovo y otras dos plataformas de reparto
Una sentencia exige que las compañías consideren como parte de su plantilla a cientos de empleados que hoy son solo “colaboradores”. Fuente.
Actualización 30/08/2019
Glovo obligado a contratar a 180 trabajadores en Granada
La Seguridad Social ha obligado a Glovo a contratar a 180 repartidores que trabajaban como falsos autónomos en Granada.