Viñeta del domingo 05/03/2017 en CTXT
Hoy se ha conocido que la Fiscalía ha abierto diligencias contra Drag Sehtlas por un presunto delito contra los sentimientos religiosos, ese engendro en el Código Penal.
Actualización 13 /03/ 2017: la Fiscalía archiva la causa. Se archivan las diligencias de investigación penal incoadas tras la denuncia de la Asociación de Abogados Cristianos porque no aprecia "voluntad de ofender" a una religión, sino una "crítica ácida" realizada en un contexto de carnaval.
Actualización 12 /09/ 2017 Drag Sethlas, citado a declarar, otra vez, ante el juez por su actuación en el Carnaval de Las Palmas. Borja Casillas tendrá que prestar declaración el miércoles 13 de septiembre después de que el Juzgado admitiera a trámite otra denuncia de un ciudadano de Sevilla acusándolo de herir los sentimientos religiosos.. (Fuente)
Actualización 19 /12/ 2017: La jueza archiva el caso contra Drag Sethlas al considerar que su actuación no tuvo carácter ofensivo. La jueza Estela María Marrero reconoce que la actuación de Borja Casillas puede haber ofendido los sentimientos religiosos de un determinado número de personas, pero "no es necesariamente ofensiva en el sentido jurídico penal". A ver si ya se van enterando los eternos ofendidos.
Actualización 09/01/2018: La juez admite a trámite el recurso contra Drag Sethlas. El Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria ha aceptado a trámite el recurso presentado por Abogados Cristianos, después de que el pasado 18 de diciembre la juez Estela María Marrero Sánchez decidiera archivar la causa. (Fuente)
Actualización 12/02/ 2018 Pues no, no se enteran.
Con extra de Mahoma como argumento aplastante :P
La Asoc. de Abogados Cristianos condenada a pagar las costas
30 de julio 2018. Se archiva definitivamente la denuncia contra Drag Sethlas y se a condena a pagar las costas a la Asociación de Abogados Cristianos.
La Audiencia Provincial entiende que el uso de elementos religiosos en la actuación no debe descontextualizarse de lo que es una fiesta “transgresora”, “exagerada” y “atrevida” y que por tanto no hubo ”animo ofensivo” hacia los sentimientos religiosos (Fuente)
"Ofensas a los sentimientos religiosos"
No hay religión que tolere del todo choteos, incluso algunas tiran de leyes ambiguas hechas a medida, y donde cabe casi cualquier cosa, para perseguir cachondeos y catalogarlos como puñaladas a la sensibilidad religiosa. Y casos hay a puñados, la mayoría de ellos con resultado de ...nada.
El Artículo 525 de nuestro Código Penal, reformado en 1995, habla de delito de escarnio como “ofensa a los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa” y “escarnio de dogmas, creencias o ritos”.
Artículo 525.
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
TVE despublica dos vídeos y retira una fotografía de la gala Drag Queen 2017
La larga mano y la tijera de la Conferencia Episcopal se pasea con libertad por TVE eliminando contenidos. Y es que el ente atesora ya un abultado historial de trapicheos.
El 1 de marzo el Consejo de Informativos de RTVE.es denunció la despublicación y borrado en la web del vídeo con la gala Drag Queen 2017 de las Palmas de Gran Canaria emitida en La 2 el 27 de febrero por la noche, y la despublicación del vídeo con un fragmento de dicha gala, correspondiente a la actuación de la ganadora por orden del director de RTVE Digital, Alejandro Vega.
A estos hechos se ha sumado al día siguiente la retirada de la fotografía de la ganadora de la gala de una fotogalería que recogía las celebraciones de Carnaval por todo el mundo.
Además, según el Consejo, el portadista de la web de noticias preguntó al subdirector de Información de RTVE.es, Francisco Almoguera, cuál era el motivo para ordenar la retirada de esa imagen, a lo que ha respondido que era una orden directa de la presidencia de la Corporación.
El borrado de un vídeo y su descacheado y desindexado para evitar que quede ninguna traza digital en caché de buscadores de internet se deben solicitar necesariamente al departamento informático. El consejo ha podido comprobar cómo había quedado registrada una petición de soporte para llevar a cabo esa labor (en el sistema conocido internamente como JIRA).
Dictamen con detalles y capturas
TVE se disculpa por la emisión y confirma que retiró el programa por respeto a las creencias religiosas
Actualización 26/03/2017
El defensor termina recomendando:
"Que se reconsidere la decisión de retirar las imágenes de la web porque la Fiscalía archivó la demanda al no apreciar voluntad de ofender a una religión sino una crítica ácida deslizada en un contexto de Carnaval".
Y aprovecha para recordar el artículo 5 del manual de estilo de RTVE:
"La aconfesionalidad del Estado, consagrada por la Constitución de 1978, es el marco al que los medios públicos De RTVE deben ajustar su trabajo respecto de toda confesión religiosa".
Y una buena noticia para terminar que puede que haga cambiar un poco toda esta basura.
El 28 de marzo de 2017, el Congreso aprueba, con el apoyo de todos los partidos excepto la abstención de Bildu y dos diputados de UPN, que se inicie el proceso (que va para largo) para elegir al presidente de RTVE por dos tercios de la cámara, una vieja reivindicación del CdI de RTVE, que pide el relevo del actual director de los servicios informativos.
El PP claudica ahora en minoría y vota reformar una ley que se inventó en 2012 (y que se ha negado a reformar en mayoría) que permitía elegir solo con sus diputados y por mayoría simple al mandamás de la radiotelevisión pública.
La fanta quiere borrar su pasado en las 'redes', después de haber cortado el bacalao.
No se preocupen ustedes el borrado es sostenible, colaboramos en exclsividad en un proyecto de reciclado de la borralla sobrante para la pavimentación del Valledeloscaídos, por su gran resistencia, e insonoridad,...entre otrozs